Recientemente Tarek William Saab publicó en su cuenta de X (antes tuiter) lo siguiente: “Lamento el papel de los leguleyos que cuestionan mi presencia en los interrogatorios. ¿Acaso no soy el Fiscal General de la República y titular de la acción penal? Es mi facultad. Eso será en otros países donde mis homólogos son unos vagos”
El arrebato arbitrario de este individuo que ha llegado a tanto como lo que expuso en ese mensaje que publicó en su cuenta de X amerita ser urgentemente llevado al Fiscal de la CPI por si fuera que necesitara de una demostración más de la adulteración arbitraria, violatoria de esenciales derechos humanos, del sistema de justicia en Venezuela con lo que se ha estado tratando de justificar los tantos crímenes que en el país han ocurrido, ocurren y seguirán ocurriendo en impunidad.
Uno de los abogados más destacados que se desempeñan en labores de defensa de las víctimas en el país, el Dr. Joel García @joelgarcia69 dio una respuesta contundente que en verdad resume lo que habría que responder a la atrevida ignorancia de Tarek William Saab, esto le dijo:
“Señor Fiscal General de la República, con el debido respeto lo voy a invitar a leer el artículo 132 del COPP, en ese artículo podrá usted ver las oportunidades y ante quién puede un imputado declarar, si así quisiera hacerlo, por eso del Precepto Constitucional establecido en el artículo 49.5 de la Constitución. Entonces, fíjese bien, que si la persona está aprehendida declara ante el Tribunal, bien sea: 1) en la audiencia de presentación, 2) ante una nueva imputación, 3) en la audiencia preliminar, y 4) en la fase de juicio. Siempre en presencia de su defensa técnica. Cuando termine Ud. de leer el referido artículo, puede usted verificar que en ninguno de sus apartes autoriza al Fiscal a interrogar de madrugada a un ciudadano dentro de una sede policial. Considero que es un abuso de autoridad y una violación a su defensa. La conducta de quienes ocupan los poderes públicos no atiende a la Constitución ni al ordenamiento jurídico sino a sus intereses inmediatos como grupo o “partido” en el poder. Las disposiciones jurídicas son utilizadas como coartadas justificadoras de sus actos arbitrarios.”
Es que este descaro de Tarek William Saab solo es explicable bajo la tesis de que el aparato dictatorial se ha acostumbrado tanto al abuso que no lo piensan dos veces en manifestar barbaridades como estas, de que un funcionario que ocupa tan alto y delicado cargo se le presente a una persona que ha sido privada de libertad y sin los requerimientos referidos al derecho a la defensa proceda a interrogarlo sin presencia de un juez, ni de un abogado defensor, es decir, sin apoyo en ley, y muy probablemente previamente torturado.
Por lo demás hay que recordar que Tarek William Saab fue nombrado como fiscal provisional por aquella ilícita denominada asamblea constituyente en agosto de 2017, provisionalidad que después de 6 años todavía se mantiene usurpando ese cargo del que se jacta para participar en hechos abusivos como el denunciado.
Este “fiscal general provisional” cada vez extiende más sus abusos, en anterior oportunidad llegó al extremo descaro de haberse presentado ante la fiscalía de la CPI en La Haya a asumir la defensa del régimen y sus conmilitones objeto de denuncias tal y como entonces lo denuncié. VER:
Basta ya de tanto abuso.!
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