El exfutbolista del FC Barcelona Dani Alves, condenado a cuatro años y medio de cárcel por la agresión sexual a una joven de 23 años en la discoteca Sutton de Barcelona, podrá salir en libertad provisional si abona una fianza de un millón de euros. La Audiencia de Barcelona acaba de notificar la resolución en la que accede parcialmente a la petición de la defensa de Alves de dejarle en libertad a la espera de que se dicte la sentencia definitiva. Los magistrados argumentan que el riesgo de fuga del jugador, que está empadronado en Barcelona, “se ha aminorado”.
El auto dictado por la Sección 21ª de la Audiencia de Barcelona le impone, sin embargo, una serie de condiciones. Para empezar, Alves solo podrá salir de la cárcel de Brians 2 (Barcelona), donde permanece desde hace 14 meses, si abona una fianza de un millón de euros. Los magistrados consideran que “persiste cierto riesgo de fuga” y por eso le han impuesto, además, medidas cautelares para evitar que se marche de España mientras se resuelven los recursos interpuestos por todas las partes (Fiscalía, acusación y defensa) contra la sentencia.
Para el caso de que abone la fianza de un millón y salga en libertad, los magistrados ordenan la retirada de los dos pasaportes (español y brasileño) de Alves, la prohibición de abandonar territorio español y la obligación de comparecer, una vez por semana, ante la Audiencia de Barcelona. Para proteger a la víctima, además, los jueces le prohíben acercarse a menos de un kilómetro o comunicarse con ella. La decisión contiene el voto particular, discrepante, de uno de los tres magistrados, partidario de mantener la situación de prisión preventiva de Alves.
La resolución llega apenas un día después de que se celebrara la vista en la que la defensa de Alves pidió su puesta en libertad provisional con el argumento de que ya ha cumplido una cuarta parte de la pena y de que el jugador no piensa marcharse. “Creo en la justicia, no huiré”, dijo el lateral brasileño en su declaración a través de videoconferencia desde Brians 2. La Fiscalía y la acusación particular se opusieron a la medida con el argumento de que dispone de medios económicos para huir. La defensa argumentó, en cambio, que tiene domicilio y arraigo en Barcelona.
En España, la prisión provisional solo puede imponerse por tres motivos: riesgo de reiteración delictiva, riesgo de destrucción de pruebas o riesgo de fuga. Este último es el que había justificado, desde el inicio de la investigación, la necesidad de mantener a Alves en prisión: por su capacidad económica, por tener también la nacionalidad brasileña —país que no suele extraditar a sus nacionales— y por la previsión de una pena elevada por el delito de agresión sexual, el acusado podría haber tenido la tentación de huir.
El 20 de enero de 2023, la jueza de instrucción de Barcelona que investigó el caso ordenó su ingreso en prisión provisional sin fianza tras escucharle en una declaración caótica, en la que incurrió en numerosas contradicciones. El futbolista dio hasta tres versiones distintas de lo ocurrido en los lavabos de un reservado de la discoteca Sutton: primero dijo que no conocía a la víctima, de 23 años; después, que la vio pero no pasó nada entre ellos y finalmente, que la chica le practicó una felación. No fue hasta tres meses más tarde, en uno de sus fracasados intentos de salir de prisión antes del juicio, cuando asumió (así lo indicaban todos los indicios de la investigación) que había habido penetración. Afirmó, no obstante, que se trató de una relación sexual consentida.
Empadronado en Barcelona
Alves, sin embargo, no logró quedar en libertad por riesgo de fuga antes del juicio (por la petición de elevadas penas de cárcel: nueve de la Fiscalía, 12 de la víctima) ni tampoco inmediatamente después. En la sentencia dictada el pasado 22 de febrero, la Audiencia de Barcelona ordenó que el jugador permaneciera entre rejas, pero se comprometió a revisar su situación personal una vez presentados los recursos. En el auto de prisión eludible bajo fianza dictado este miércoles, los magistrados analizan si, para asegurar la presencia del exjugador azulgrana hasta el final del proceso penal, es necesario mantener la prisión o ésta puede sustituirse por otras medidas menos gravosas.
Por mayoría (2 a 1), los magistrados concluyen que el riesgo de fuga “se ha aminorado” y que el riesgo de fuga que aún existe “puede ser contrarrestado con otras medidas”. Recuerdan, de entrada, que la pena impuesta por ahora es de cuatro años y medio de cárcel y que Alves ya ha cumplido “14 meses de forma preventiva”. Esa situación se podría prorrogar, como mucho, hasta la mitad de la pena impuesta, “periodo en el que difícilmente podrá llegar a alcanzar firmeza la sentencia”, dado que primero va a ser examinada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y más tarde, casi con seguridad porque alguna de las partes no quedará conforme, por el Tribunal Supremo.
La resolución asume que Alves tiene “un fuerte arraigo en Brasil”, su país de origen y donde vive gran parte de su familia, incluidos sus dos hijos. Pero subraya que los lazos del futbolista con el extranjero, especialmente los empresariales, se han ido rompiendo: el club en el que militaba, el Pumas de México, rescindió unilateralmente su contrato cuando ingresó en prisión provisional; lo mismo ocurrió con “otros tantos contratos de patrocinio y publicidad a los que el procesado prestaba su imagen”, una “fuente de ingresos de la que en este momento se ha visto privado”.
Los magistrados subrayan que el jugador “está empadronado en Barcelona” (posee una vivienda en Esplugues de Llobregat) y valoran el hecho de que, en enero de 2023, se desplazara voluntariamente a España cuando tuvo conocimiento de que se le acusaba de agresión sexual. En la vista de este martes, además, “expresó su firme propósito de permanecer en todo momento a disposición del tribunal”.
Para fijar la fianza, los magistrados tienen en cuenta que Alves ha tenido una “dilatada carrera futbolística como figura de élite mundial”, que le ha permitido obtener “elevadas sumas de dinero”. Aunque sus fuentes principales de ingreso “hayan desaparecido”, y aunque se desconoce cuál es su patrimonio real en estos momentos, los magistrados presumen que disfruta de “una situación de holgada solvencia económica”. Y recuerdan que, como admitió la defensa, está pendiente de percibir 1,2 millones de euros en un litigio que mantenía con la Agencia Tributaria.
El voto discrepante
La sentencia contiene un voto particular del magistrado Luis Belestá, partidario de prorrogar la situación de prisión provisional. En su opinión, los argumentos que llevaron a acordar esa medida “no solamente se han confirmado, sino que se han reforzado” tras la sentencia condenatoria, cuya pena puede verse aumentada si prosperan los recursos de la Fiscalía y de la acusación particular. El hecho de que la pena haya quedado en cuatro años y medio (al aplicarse la atenuante de reparación del daño) “no permite tener por conjurado el riesgo de fuga”.
El magistrado recuerda que “todas las secciones” penales de la Audiencia de Barcelona “han ratificado decisiones de prorrogar la prisión provisional” en ese supuesto “incluso de penas inferiores” a la impuesta a Alves. El “horizonte punitivo” del jugador no ha variado, puesto que la Fiscalía sigue pidiendo nueve años de cárcel para él. Balestá recuerda que “en casos sobradamente conocidos” y del mismo tipo (o sea, agresiones sexuales) “se han visto incrementadas las penas impuestas en primera instancia”. “Ante dicha posibilidad, existe el riesgo más que fundado de que el acusado pueda decidir abandonar nuestra país sustrayéndose a la acción de la justicia, más cuando el tribunal no ha aceptado su versión de los hechos”. El magistrado concluye que el “círculo de amistades” influyentes y con gran capacidad económica de Alves podría ayudarle, en un momento dado, a abandonar España.
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